Beneficios sociales


 
Buzos tácticos en el Apostadero
La Agrupación Buzos Tácticos en el Apostadero Naval Malvinas

Ley nacional 23.837/90 - Comisión para el monumento a los caídos durante la lucha en las Islas Malvinas y el Atlántico Sur, a erigirse en la región patagónica

Sanción : 13 de septiembre de 1990
Promulgación : 26 de septiembre de 1990
Publicación : B.O.8/10/90

Artículo 1 : Créase una Comisión especial que será presidida por el Presidente de la Nación e integrada por los Ministros del Interior y de Defensa, por el Jefe del Estado Mayor Conjunto, Jefe del Estado Mayor General del Ejército, Jefe del Estado Mayor General de la Armada y Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea.

Artículo 2 : La Comisión tendrá a su cargo determinar el emplazamiento en la región patagónica de un monumento a los caídos en 1982 en la lucha en nuestras Islas Malvinas y el Atlántico Sur, en defensa de nuestros derechos soberanos en la región, como asi también con todos los detalles concernientes con su ejecución.

Artículo 3 : El costo total del proyecto se financiará exclusivamente con fondos provenientes de donaciones privadas.

Artículo 4 : En la obra a realizarse, que tendrá categoría de Monumento Histórico Nacional, deberá figurar la nómina y el grado de todos los que murieron defendiendo en tierra, mar y aire, los derechos argentinos en Malvinas y el Atlántico Sur.

Artículo 5 : Comuníquese, etc.