Beneficios sociales


 
Buzos tácticos en el Apostadero
La Agrupación Buzos Tácticos en el Apostadero Naval Malvinas

Resolución 217/04 de la Secretaría General de la Gobernación de la Prov. de Salta - Formulario de solicitud de la renta vitalicia instituida por la ley 7.278/04

Sanción : 19 de julio de 2004
Publicación : B.O.30/7/04

Artículo 1 : Aprobar el formulario de solicitud del beneficio denominado "Renta Vitalicia Héroes de Malvinas" conforme el modelo que se anexa a la presente.

Artículo 2 : El formulario se presentará en carácter de declaración jurada, asumiendo quien lo firme plena responsabilidad administrativa, penal y patrimonial, según corresponda, para el caso de falseamiento de la información exigida.

Artículo 3 : La declaración jurada contenida en dicho formulario deberá ser acompañado con las constancias documentales respectivas.

Artículo 4 : No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, podrá admitirse la simple declaración jurada en reemplazo sólo de las certificaciones negativas de percepción del beneficio similar en otras jurisdicciones.
Esta declaración jurada será complementada por la Comisión Provincial de Veteranos de Guerra que será responsable de incorporar en los expedientes su informe sobre la situación de cada solicitante, a título de certificación respecto al cumplimiento de tal requisito, todo ello sin perjuicio de que la Administración pueda requerir en cualquier tiempo esa información en carácter de control de las declaraciones juradas.

Artículo 5 : La Comisión Provincial de Veteranos de Guerra deberá dentro del presente mes y anualmente, oficiar a las demás jurisdicciones provinciales, solicitando informar si las personas incluidas en el beneficio otorgado por la ley, no perciben un beneficio similar en otra provincia, quedando bajo la responsabilidad de dicha comisión el seguimiento de las acciones tendientes al cumplimiento de la verificación periódica aquí dispuesta.
En caso de detectarse falseamiento de las declaraciones juradas, la Comisión Provincial de Veteranos de Guerra, adjuntando los antecedentes e invocando el presente artículo, deberá cursar comunicación inmediata a la Secretaría General de la Gobernación, a los fines de que ésta disponga las actuaciones pertinentes contra los responsables del falseamiento.

Artículo 6 : Comuníquese, etc.


Cabe aclarar que en los "considerandos" de la resolución se indica que la "Renta Vitalicia Héroes de Malvinas" ha sido creada por la ley 7.278.



ANEXO

Anexo Res. 217/04 SGG pg. 1
 
 
Anexo Res. 217/04 SGG pg. 2