Beneficios sociales


 
Buzos tácticos en el Apostadero
La Agrupación Buzos Tácticos en el Apostadero Naval Malvinas

Decreto 2.848/87 de la Prov. de Misiones - Subsidio para centro de ex soldados combatientes en Malvinas

Sanción : 19 de noviembre de 1987
Publicación : Copia oficial

Artículo 1 : Otórgase un subsidio por la suma de A 1.500.-(australes mil quinientos) a el "Centro de Ex Soldados Combatientes en Malvinas" de esta ciudad, para solventar el gasto que demande la adquisición de elementos varios y necesarios para el funcionamiento de dicho centro, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas, ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Artículo 2 : Autorízase a la Dirección Servicio Administrativo de Gobierno, a proceder a la liquidación y pago a favor del "Centro de Ex Soldados Combatientes en Malvinas" de esta ciudad, de la suma de A 1.500.-( australes mil quinientos), con cargo al Presupuesto vigente de: 03-01-0-1-90-1-03-031-03.160 - S.C.D.: 0-2.

Artículo 3 : Refrendará el presente decreto el señor Ministro de Gobierno.

Artículo 4 : Comuníquese, etc.


 

Cabe aclarar que la ciudad a la que hace referencia el decreto es la capital provincial, Posadas.


 

Decreto 264/18 de la Prov. de Misiones - Subsidio para asociación de veteranos de guerra de Malvinas

Sanción : 26 de marzo de 2018
Publicación : Copia oficial

Artículo 1 : Concédese un subsidio por la suma de $1.496.261,04 (pesos un millón cuatrocientos noventa y seis mil doscientos sesenta y uno con 04/100), a favor de la Asociación Civil Veteranos de Guerra de las Islas Malvinas Eldorado, personería jurídica Nº A-3.887, con domicilio legal en la calle Pueyrredón 416 - Eldorado, Misiones, destinado a la adquisición de materiales de construcción, zinguería y aislación, que demande la finalización del playón deportivo y el cerramiento perimetral del polideportivo ubicado en el predio de la asociación en la mencionada localidad; con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, con ajuste a las disposiciones legales reglamentarias vigentes.

Artículo 2 : Autorízase a la Dirección del Servicio Administrativo de Gobernación y Fiscalía de Estado a proceder a la liquidación y pago de la suma de $1.496.261,04 (pesos un millón cuatrocientos noventa y seis mil doscientos sesenta y uno con 04/100), a favor de la institución mencionada en el artículo anterior, con la finalidad de aplicar al destino consignado en el epígrafe del presente decreto, haciéndose el cargo al presupuesto vigente, codificación: 02-01-0-4-90-1-03-032-03.260 Aportes a actividades no lucrativas código S.C.D. 0-01 Transferencias de la unidad.

Artículo 3 : Refrendará el presente decreto el señor Ministro Secretario de Coordinación General de Gabinete.

Artículo 4 : Comuníquese, etc.