Beneficios sociales


 
Buzos tácticos en el Apostadero
La Agrupación Buzos Tácticos en el Apostadero Naval Malvinas

Decreto 705/16 de la Prov. de Tierra del Fuego - Asignación de una suma fija a beneficiarios de la pensión de guerra de la ley 407/98

Sanción : 16 de mayo de 2016
Publicación : B.O.19/5/16

Artículo 1 : Reconocer y autorizar a partir del primero (1º) de marzo de 2016, el pago de una suma fija, que resultará de un monto neto de pesos dos mil quinientos ($2.500) a cuenta de futuros aumentos que correspondan a los beneficiarios de pensiones de guerra, en función de lo dispuesto en el artículo 5 de la ley provincial 407 y sus modificatorias. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos.

Artículo 2 : Instruir al Ministro de Economía a realizar las adecuaciones presupuestarias que resulten pertinentes para dar cumplimiento a la presente medida.

Artículo 3 : Comuníquese, etc.


 

Decreto 926/17 de la Prov. de Tierra del Fuego - Ajuste de la liquidación de la pensión de la ley 407/98

Sanción : 11 de abril de 2017
Publicación : B.O.20/4/17

Artículo 1 : Ajustar la liquidación de los beneficiarios de pensiones establecidas por la ley provincial 407 a las previsiones de los artículos 2 y 3 del decreto provincial 740/17, referente a la nueva escala salarial del escalafón seco de la Administración Central, y cesar en la aplicación del decreto provincial 705/16, todo ello a partir de la liquidación del mes de marzo de 2017. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos.

Artículo 2 : El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado a las partidas presupuestarias pertinentes del ejercicio económico y financiero correspondiente.

Artículo 3 : Comuníquese, etc.


 

Decreto 1.740/18 de la Prov. de Tierra del Fuego - Asignación de una suma fija a beneficiarios de las leyes 389/97 y 407/98

Sanción : 28 de junio de 2018
Publicación : B.O.6/7/18

Artículo 1 : Autorizar el pago de una suma fija, no remunerativa y no bonificable, por persona y por única vez, de pesos seis mil ($6.000,00), pagaderos en dos (2) cuotas iguales a los beneficiarios del régimen único de pensiones especiales, establecido por la ley provincial 389 y a los veteranos de guerra ex combatientes de Malvinas, beneficiarios de la pensión establecida por ley provincial 407. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos.

Artículo 2 : Establecer que la primera cuota será abonada el día tres (3) de julio de 2018 y la segunda el quince (15) de agosto del mismo año. Ello, conforme lo expuesto en los considerandos que antecede.

Artículo 3 : El gasto que demande el cumplimiento del presente, será imputado a la partida presupuestaria correspondiente al ejercicio económico y financiero en vigencia.

Artículo 4 : Comuníquese, etc.


 

Decreto 2.765/18 de la Prov. de Tierra del Fuego - Asignación de una suma fija a beneficiarios de las leyes 389/97 y 407/98

Sanción : 5 de octubre de 2018
Publicación : B.O.18/10/18

Artículo 1 : Autorizar el pago de una suma fija, no remunerativa y no bonificable, por persona y por única vez, de pesos seis mil ($6.000,00), pagaderos en dos (2) cuotas iguales a los beneficiarios del régimen único de pensiones especiales, establecido por la ley provincial 389 y a los veteranos de guerra ex combatientes de Malvinas, beneficiarios de la pensión establecida por la ley provincial 407. Ello, conforme lo expuesto en los considerandos que anteceden.

Artículo 2 : Establecer que la primera cuota será abonada el día diecinueve (19) de octubre de 2018 y la segunda el día dieciséis (16) de noviembre de 2018. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos.

Artículo 3 : El gasto que demande el cumplimiento del presente, será imputado a la partida presupuestaria correspondiente al ejercicio económico y financiero en vigencia.

Artículo 4 : Comuníquese, etc.


 

Decreto 3.252/18 de la Prov. de Tierra del Fuego - Asignación extraordinaria para beneficiarios de las leyes 389/97 y 407/98

Sanción : 26 de noviembre de 2018
Publicación : B.O.29/11/18

Artículo 1 : Autorizar el pago de una suma fija, extraordinaria, por persona y por única vez, de pesos diez mil ($10.000,00), pagaderos en dos (2) cuotas a los beneficiarios del régimen único de pensiones especiales, establecido por la ley provincial 389 y sus modificatorias y a los veteranos de guerra ex combatientes de Malvinas, beneficiarios de la pensión establecida por la ley provincial 407. Ello, conforme lo expuesto en los considerandos que anteceden.

Artículo 2 : Establecer que la primera cuota será de pesos seis mil con 00/100 ($6.000,00) y se abonará el día veintiuno (21) de diciembre de 2018 y la segunda cuota será de pesos cuatro mil con 00/100 ($4.000,00) y se abonará el día dieciocho (18) de enero de 2019. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos.

Artículo 3 : El gasto que demande el cumplimiento del presente, será imputado a la partida presupuestaria correspondiente al ejercicio económico y financiero en vigencia.

Artículo 4 : Comuníquese, etc.


 

Decreto 537/19 de la Prov. de Tierra del Fuego - Asignación excepcional mensual para beneficiarios de las leyes 389/97 y 407/98

Sanción : 12 de marzo de 2019
Publicación : B.O.15/3/19

Artículo 1 : Autorizar el pago en concepto de "asignación excepcional", consistente en un ítem fijo y mensual de pesos tres mil setecientos ochenta y seis con 44/100 ($3.786,44), a partir del día primero (01) de marzo del año 2019, a los beneficiarios del régimen único de pensiones especiales, establecido por la ley provincial 389 y sus modificatorias y a los veteranos de guerra ex combatientes de Malvinas, beneficiarios de la pensión establecida por la ley provincial 407. Ello, conforme lo expuesto en los considerandos que anteceden.

Artículo 2 : El gasto que demande el cumplimiento del presente, será imputado a la partida presupuestaria correspondiente al ejercicio económico y financiero en vigencia.

Artículo 3 : Comuníquese, etc.


 

Decreto 4.601/19 de la Prov. de Tierra del Fuego - Asignación extraordinaria para ex combatientes de Malvinas

Sanción : 30 de diciembre de 2019
Publicación : B.O.6/1/20

Artículo 1 : Autorizar el pago en concepto de "asignación extraordinaria", de una suma fija, extraordinaria, por persona y por única vez, de pesos diez mil con 00/100 ($10.000.-) a los veteranos de guerra ex combatientes de Malvinas, beneficiarios de la pensión prevista por la ley provincial 407, en los caos que no perciban el beneficio por ser empleado de la Administración Pública provincial o beneficiario de la Caja Previsional de la Provincia de Tierra del Fuego. Ello conforme lo expuesto en los considerandos que anteceden.

Artículo 2 : El gasto que demande el cumplimiento del presente, será imputado a las partidas presupuestarias correspondiente al ejercicio económico y financiero en vigencia.

Artículo 3 : Comuníquese, etc.


 

Decreto 626/20 de la Prov. de Tierra del Fuego - Valor de la asignación excepcional del decreto 537/19

Sanción : 28 de abril de 2020
Publicación : B.O.8/5/20

Artículo 1 : Fijar el valor del ítem "asignación excepcional" establecido por el decreto provincial 537/19, en la suma de pesos seis mil ochocientos veintitrés con 83/100 ($ 6.823,83) a partir del 1 de abril de 2020, correspondiente a las pensiones de los beneficiarios del régimen único de pensiones especiales (RUPE), instituido por la ley provincial 389, y a los veteranos de guerra ex combatientes de Malvinas, beneficiarios de la pensión instituida por la ley provincial 407. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos.

Artículo 2 : El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado a la partida presupuestaria correspondiente del ejercicio económico financiero en vigencia.

Artículo 3 : Derogar toda normativa de igual o inferior rango que se oponga a la aplicación del presente.

Artículo 4 : Comuníquese, etc.


 

Decreto 745/20 de la Prov. de Tierra del Fuego - Valor de la asignación excepcional del decreto 537/19

Sanción : 26 de mayo de 2020
Publicación : B.O.23/6/20

Artículo 1 : Fijar el valor del ítem "asignación excepcional" establecido por el decreto provincial 537/19 en la suma de pesos nueve mil ochocientos veintitrés con 83/100 ($ 9.823,83) a partir del 1 de mayo de 2020, correspondiente a las pensiones de los beneficiarios del régimen único de pensiones especiales (RUPE), instituido por la ley provincial 389, y a los veteranos de guerra ex combatientes de Malvinas, beneficiarios de la pensión instituida por la ley provincial 407. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos.

Artículo 2 : El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado a la partida presupuestaria correspondiente del ejercicio económico financiero en vigencia.

Artículo 3 : Derogar toda normativa de igual o inferior rango que se oponga a la aplicación del presente.

Artículo 4 : Comuníquese, etc.


 

Decreto 852/20 de la Prov. de Tierra del Fuego - Valor de la asignación excepcional del decreto 537/19

Sanción : 17 de junio de 2020
Publicación : B.O.29/6/20

Artículo 1 : Fijar el valor del ítem "asignación excepcional" establecido por el decreto provincial 537/19 en la suma de pesos doce mil ochocientos veintitrés con 83/100 ($12.823,83) a partir del 1 de junio de 2020, correspondiente a las pensiones de los beneficiarios del régimen único de pensiones especiales (RUPE), instituido por la ley provincial 389, y a los veteranos de guerra ex combatientes de Malvinas, beneficiarios de la pensión instituida por la ley provincial 407. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos.

Artículo 2 : El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado a la partida presupuestaria correspondiente del ejercicio económico financiero en vigencia.

Artículo 3 : Derogar toda normativa de igual o inferior rango que se oponga a la aplicación del presente.

Artículo 4 : Comuníquese, etc.


 

Decreto 1.822/20 de la Prov. de Tierra del Fuego - Asignación extraordinaria para beneficiarios de las leyes 389/97 y 407/98

Sanción : 23 de diciembre de 2020
Publicación : B.O.18/1/21

Artículo 1 : Autorizar el pago en concepto de "asignación extraordinaria", de una suma fija, por persona y por única vez, de pesos dos mil (2.000,00) destinada a los beneficiarios del régimen único de pensiones especiales (RUPE), instituido por la ley provincial 389, y a los veteranos de guerra ex combatientes de Malvinas, beneficiarios de la pensión instituida por la ley provincial 407. La misma será abonada en diciembre de 2020.

Artículo 2 : El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado a la partida presupuestaria correspondiente del ejercicio económico financiero en vigencia.

Artículo 3 : Comuníquese, etc.


 

Decreto 693/21 de la Prov. de Tierra del Fuego - Valor de la asignación excepcional del decreto 537/19

Sanción : 6 de abril de 2021
Publicación : B.O.5/5/21

Artículo 1 : Fijar el valor del ítem "asignación excepcional" establecido por el decreto provincial 537/19 en la suma de pesos seis mil trescientos setenta y tres con 70/100 ($ 6.373,70), a partir del 1 de marzo de 2021, correspondiente a las pensiones de los beneficiarios del régimen único de pensiones especiales (RUPE), instituido por la ley provincial 389, y a los veteranos de guerra ex combatientes de Malvinas, beneficiarios de la pensión instituida por la ley provincial 407. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos.

Artículo 2 : El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado a la partida presupuestaria correspondiente del ejercicio económico financiero en vigencia.

Artículo 3 : Derogar toda normativa de igual o inferior rango que se oponga a la aplicación del presente.

Artículo 4 : Instruir al Ministerio de Finanzas Públicas como autoridad de aplicación de la presente medida, con facultades de interpretación, aclaración y reglamentación de las disposiciones aquí establecidas.

Artículo 5 : Comuníquese, etc.