Beneficios sociales![]() La Agrupación Buzos Tácticos en el Apostadero Naval Malvinas![]() Disposición nacional 214/23 de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas - Diseño del documento nacional de identidad para los beneficiarios de la ley 24.810/97 y para las demás personas Sanción : 31 de marzo de 2023 Artículo 1 : Sustitúyase el anexo disposición DI-2021-113078473-APN-DNPPDNI#RENAPER, de la disposición 902 del 25 de noviembre de 2021 de esta Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas, organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de Interior del Ministerio del Interior, por el anexo disposición DI-2023-35632987-APN-DNPPDNI#RENAPER, que se aprueba y forma parte integrante de la presente medida. Artículo 2 : Determínase que los documentos nacionales de identidad para personas ex combatientes de la guerra de las Islas Malvinas, emitidos con anterioridad al dictado de la presente medida, conservarán plena validez hasta su fecha de vencimiento o hasta tanto se emita un nuevo ejemplar. Artículo 3 : La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial. Artículo 4 : Comuníquese, etc. CARACTERÍSTICAS DEL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD
4- DESCRIPCIÓN DEL ASPECTO FÍSICO ![]() ![]() Aquellas personas que acreditaron la calidad de ex combatiente de la guerra de las Islas Malvinas previo a la formalización de este anexo, continuarán con el siguiente diseño, este será vigente hasta su vencimiento. ![]() Cabe señalar que en cumplimiento de la ley 24.810, el anexo de la disposición 902/21 citada había aprobado el diseño reproducido en la última imagen; para su uso en el frente de los documentos de todos los veteranos de Malvinas, con independencia de su sexo.
Disposición nacional 55/26 de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas - Nuevo diseño del documento nacional de identidad para los beneficiarios de la ley 24.810/97 y para las demás personas Sanción : 29 de enero de 2026 Artículo 1 : Apruébanse las características del nuevo documento nacional de identidad electrónico que como anexo disposición DI-2026-10348125-APN-DNPPDNI#RENAPER forma parte integrante de la presente medida, sustituyendo en lo pertinente, las características que fueran aprobadas por el anexo disposición I DI-2023-143086704-APN-DNPPDNI#RENAPER de la disposición 1.255 del 30 de noviembre de 2023 de esta Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de Interior del Ministerio del Interior. Artículo 2 : Apruébanse las medidas de seguridad nivel 1 del nuevo documento nacional de identidad electrónico que como anexo disposición DI-2026-04666587-APN-DNPPDNI#RENAPER forma parte integrante de la presente medida, sustituyendo el anexo disposición II DI-2023-143087150-APN-DNPPDNI#RENAPER de la disposición 1.255 del 30 de noviembre de 2023 de esta dirección nacional. Artículo 3 : Mantiénese la plena vigencia de las medidas de seguridad nivel 2 y nivel 3 del nuevo documento nacional de identidad electrónico expedido por esta dirección nacional, manteniendo la plena vigencia de las especificaciones técnicas contenidas en los anexos III y IV de la disposición 1.255 del 30 de noviembre de 2023 de esta dirección nacional. Artículo 4 : La presente medida entrará en vigencia a partir del 1 de febrero de 2026. Artículo 5 : Comuníquese, etc. Cabe aclarar que la disposición 1.255/23 de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas aprobó el texto ordenado de las normas que determinan las características del documento nacional de identidad electrónico; el que consiste en una tarjeta de policarbonato que contiene un chip de lectura sin contacto y QR. CARACTERÍSTICAS DEL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD
4- DESCRIPCIÓN DEL ASPECTO FÍSICO ![]()
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