Beneficios sociales 
La Agrupación Buzos Tácticos en el Apostadero Naval Malvinas
Ley 6.492/25 de la Prov. de Jujuy - Ingreso a los museos provinciales sin cargo, para veteranos de Malvinas y otros beneficiarios
Sanción : 9 de diciembre de 2025
Promulgación : 16 de diciembre de 2025
Publicación : B.O.17/12/25
Por tratarse de una norma muy extensa, que determina la percepción de numerosos impuestos para el ejercicio fiscal 2026, sólo se reproducirá el artículo que se relaciona con los veteranos de Malvinas.
ANEXO V Tasas retributivas de servicios ....................................................................................................................................... Tasas retributivas de servicios del Ministerio de Cultura y Turismo
Artículo 14 : Por los servicios que a continuación se enumeran, prestados por las reparticiones del Ministerio de Cultura y Turismo, se pagarán las tasas que surjan de la aplicación de las siguientes alícuotas, importes fijos o mínimos. 1. Dirección Provincial de Patrimonio: a. Valor de las entradas a museos provinciales:- Entrada para turistas, pesos seis mil ($ 6.000);
- Entrada para jujeños, pesos tres mil ($ 3.000);
- Entrada para estudiantes, pesos un mil quinientos ($ 1.500);
- Jubilados, sin cargo;
- Veteranos de Malvinas, ingresan sin cargo.
b. Valor de las entradas al Museo del Cabildo:- Entrada para turistas, pesos diez mil ($ 10.000);
- Entrada para residentes jujeños, pesos cinco mil ($ 5.000);
- Entrada para estudiantes (terciarios – universitarios residentes jujeños), pesos tres mil quinientos ($ 3.500);
- Entrada para menores de 6 a 17 años, pesos dos mil quinientos ($ 2.500), menores de 6 años ingresan sin cargo;
- Personas con CUD, ingresan sin cargo;
- Veteranos de Malvinas, ingresan sin cargo;
- Visitas educativas, ingresan sin cargo.
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