Beneficios sociales


 
Buzos tácticos en el Apostadero
La Agrupación Buzos Tácticos en el Apostadero Naval Malvinas

Ley 6.198/13 de la Prov. de Corrientes - Cobertura de vacantes para hijos de ex combatientes de Malvinas que trabajaron en la Administración Pública Provincial

Sanción : 9 de mayo de 2013
Promulgación: 15 de mayo de 2013
Publicación : B.O.17/5/13

Artículo 1 : Créase el régimen especial del beneficio del ingreso a la Administración Pública de la provincia, entes autárquicos y descentralizados, a los hijos/as de ex combatientes en Malvinas de la provincia de Corrientes que hayan cesado en su empleos públicos por fallecimiento, por razones de salud física, psíquica o psicológica derivadas de su participación en el conflicto bélico o hubieran optado por acogerse a los beneficios de la ley 5.507/03 y su modificatoria ley 5.782/07.

Artículo 2 : Establécese que las personas que ingresen en cumplimiento de la presente ley, ocuparán el cargo mínimo escalafonario según la ley vigente.

Artículo 3 : La Dirección Provincial "Malvinas Argentinas", creada por el derecho provincial 1.114/10 del 11 de marzo de 2010, dependiente del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Corrientes, actuará como organismo de contralor y gestión de la aplicación y cumplimiento de la presente norma.

Artículo 4 : Invítese a los municipios de la provincia a adherir a la presente ley a los efectos de implantarla en sus respectivas jurisdicciones.

Artículo 5 : Esta ley será reglamentada por el Poder Ejecutivo en el término de noventa (90) días a partir de su promulgación.

Artículo 6 : Comuníquese, etc.